UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MACHALA
NOMBRE: Joel Bazarán Arias
FECHA: 23/08/2019
CURSO: Primero de Contabilidad “B” Nocturno
DOCENTE: Ing. Laines Yolanda
La facturación electrónica en Ecuador
Es otra forma de emisión de comprobantes de
venta que cumple con los requisitos legales y reglamentarios exigibles para su
autorización por parte del SRI, garantizando la autenticidad de su origen e
integridad de su contenido, ya que incluye en cada comprobante la firma
electrónica del emisor.
¿Qué es un comprobante electrónico?
Un comprobante electrónico es un documento que
cumple con los requisitos legales y reglamentarios exigibles para todos
comprobantes de venta, garantizando la autenticidad de su origen y la
integridad de su contenido.
Un comprobante electrónico tendrá validez
legal siempre que contenga una firma electrónica.
Beneficios
- Tiene
la misma validez que los documentos físicos.
- Reducción
de tiempos de envío de comprobantes.
- Ahorro
en el gasto de papelería física y su archivo.
- Contribuye
al medio ambiente, debido al ahorro de papel y tintas de impresión.
- Mayor
seguridad en el resguardo de los documentos.
- Menor
probabilidad de falsificación.
- Procesos
administrativos más rápidos y eficientes.
Documentos que pueden emitirse electrónicamente
- Facturas
- Notas
de crédito
- Notas
de débito
- Comprobantes
de retención
- Guías
de remisión
Requisitos
Los contribuyentes deberán revisar los
requisitos para la emisión del nuevo esquema de facturación electrónica.
Recuerde que la emisión de comprobantes
electrónicos contribuye con el medio ambiente.
¿Qué requisitos debo tener para emitir un documento electrónico?
- Firma
electrónica
- Software
que genere comprobantes electrónicos (puede ser propio o se puede utilizar
la herramienta de comprobantes electrónicos de uso gratuito)
- Conexión
a Internet
- Clave
de acceso a SRI en Línea
- Convenio
de débito registrado
¿En dónde puedo adquirir una firma electrónica?
Existen 4 entidades certificadoras en el país:
- Banco
Central del Ecuador
- Security
Data
- ANF
- Consejo
de la Judicatura
¿Cómo solicito autorización al SRI para emitir comprobantes electrónicos?
El esquema de comprobantes electrónicos tiene dos ambientes:
1. Ambiente de PRUEBAS
2. Ambiente de PRODUCCIÓN
Ambiente de Pruebas o Certificación
Todo contribuyente debe solicitar autorización
para utilizar el Ambiente de Pruebas o Certificación en el
portal web. Para lo cual, debe ingresar a www.sri.gob.ec. Con su RUC y clave
acceda a la opción: "SRI en Línea" / Comprobantes
Electrónicos / Pruebas / Autorización / Solicitud de Autorizaciones.
El Ambiente de Pruebas o Certificación permite revisar el funcionamiento del esquema de emisión electrónica, realizar los ajustes a los sistemas y corregir posibles errores.
El Ambiente de Pruebas o Certificación permite revisar el funcionamiento del esquema de emisión electrónica, realizar los ajustes a los sistemas y corregir posibles errores.
Los comprobantes que se emitan en este
ambiente no tienen validez tributaria.
Ambiente de producción
Una vez culminadas todas las pruebas en Ambiente
de Pruebas o Certificación, el contribuyente podrá solicitar la
autorización para que se habilite el Ambiente de Producción.
Deberá ingresar a este ambiente en "SRI en Línea", con su número de RUC y clave de acceso y seleccionar la opción Comprobantes Electrónicos / Producción / Autorización / Solicitud de Autorizaciones.
Todos los comprobantes electrónicos autorizados en Ambiente de Producción tienen validez tributaria.
Deberá ingresar a este ambiente en "SRI en Línea", con su número de RUC y clave de acceso y seleccionar la opción Comprobantes Electrónicos / Producción / Autorización / Solicitud de Autorizaciones.
Todos los comprobantes electrónicos autorizados en Ambiente de Producción tienen validez tributaria.
Factura electrónica: Obligados
La DIAN seleccionó como obligados a facturar
electrónicamente a todos los contribuyentes que el 29 de Diciembre y durante
los 5 años anteriores a esta fecha, hubiesen solicitado rangos de numeración
para la factura electrónica establecida en el Decreto 1929 de 2007.
La resolución 72 de 2017 entró a regir a
partir del 29 de Marzo de 2018. Quienes en el periodo comprendido entre el 01
de Enero de 2017 y el 31 de Octubre de 2017 hubiesen expedido de forma mensual
una cantidad de facturas de venta y/o documentos equivalentes superiores a
3.000.000, tendrán 3 meses adicionales para comenzar la facturación; en el caso
de las micro y pequeñas empresas, estas deberán atender la obligación en el
momento en que la DIAN ponga a disposición la solución gratuita o antes si de
forma voluntaria, así lo soliciten.
Cabe aclarar que según la Ley 1819 de 2016, se
determinó que los contribuyentes que están obligados a declarar y pagar el IVA
y el Impuesto al consumo, tendrán que expedir la factura electrónica a partir
del primero de Enero de 2019; y para las vigencias 2017 y 2018 los
contribuyentes que están obligados a realizar la facturación electrónica serán
los seleccionados por la DIAN.
Los rangos de las personas a emitir la factura electrónica
El SRI mediante
resolución No. NAC-DGERCGC17-00000430 publicada en el suplemento del Registro
Oficial No.59 del 17 de agosto 2017, estableció nuevos sujetos pasivos
obligados a emitir comprobantes de venta, comprobantes de retención y
documentos complementarios, de manera electrónica.
Sujetos pasivos
obligados a emitir comprobantes de manera electrónica
Están obligados a
emitir facturas, comprobantes de retención, guías de remisión, notas de crédito
y notas de débito, a través de mensajes de datos y firmados electrónicamente,
los siguientes sujetos pasivos:
A partir del 1 de enero
de 2019:
- Personas naturales y sociedades cuyos
ingresos anuales del ejercicio fiscal anterior 2018 se encuentren dentro
del rango de ingresos de US$ 100,001 y 1’000,000.
A partir del 1 de enero de 2018:
- Proveedores del Estado,
cuya facturación en el ejercicio fiscal anterior 2017 sea igual o superior
a US$ 300,000.
- Proveedores de exportadores cuya
facturación en el ejercicio fiscal anterior 2017 sea igual o superior
a US$ 300,000 y la mitad (50%) corresponda a
transacciones con exportadores.
- Personas naturales y sociedades cuyos
ingresos anuales del ejercicio fiscal anterior 2017 se encuentren dentro
del rango de ingresos de US$ 1’000,001 y 5’000,000.
- Sujetos pasivos del ICE (Impuesto
a los Consumos Especiales)
- Sujetos pasivos del IBPNR (Impuesto
Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables).
- Contribuyentes que soliciten
devolución del IBPNR (Impuesto Redimible a
las Botellas Plásticas no Retornables).
- Productores y comercializadores de
alcohol.
- Titulares de derechos mineros (excluidos
los que se encuentran bajo el régimen de minería artesanal), a saber:
concesiones mineras, contratos de explotación minera, licencias y
permisos, así como de las autorizaciones para instalar y operar plantas de
beneficio, fundición y refinación, y de licencias de comercialización.
- Azucareros,
contribuyentes que desarrollen la actividad económica de elaboración y
refinado de azúcar de caña;
- Importadores habituales,
aquellos cuyas importaciones netas sean iguales o superiores al 25% del
total de sus compras netas anuales en el ejercicio fiscal anterior 2017; y
sus ingresos brutos anuales sean iguales o superiores a US$
300,000.
- Agentes de aduana,
de conformidad con la licencia otorgada por el Servicio Nacional de Aduana
del Ecuador.
- Transportadores de valores y
especies monetarias, a través de vehículos
blindados.
- Sujetos pasivos dedicados a la
venta, cesión o transferencia de cartera, cualquier
título.
En caso de que un
sujeto obligado, resuelva asociarse con otros sujetos pasivos en consorcios,
alianzas estratégicas o bajo cualquier otra modalidad, dicha nueva entidad
deberá también emitir comprobantes/documentos de manera electrónica.
Los
pasos para contratar la firma electrónica
¿Qué
es la Firma Electrónica?
Es el documento virtual
que certifica la vinculación de la firma electrónica con una persona
determinada; es la equivalencia de la firma manuscrita ya que tiene la misma
validez legal y está amparada en la Ley de Comercio Electrónico.
Usos
de la firma electrónica
Servicio Nacional de
contratación Pública (SERCOP)
Portal
Ecuapass-VUE–Aduana del Ecuador
Obtención de Registros
Sanitarios y MIPRO
Facturación Electrónica
Contrato Electrónico
Póliza Electrónica
Constitución de
Compañías Online – Superintendencia de Compañías
Correo Seguro (Firma y
encriptación de correo)
Pasos
para solicitar la firma electrónica
*Recopilar los
requisitos según sea el caso.
*Llenar nuestro
formulario para comenzar el trámite por ti, o puedes enviar los requisitos
completos a nuestro correo info@tufacturero.ec indicando en el asunto SOLICITUD
FIRMA ELECTRÓNICA. También puedes contactarnos a nuestro WhatsApp e inmediatamente
te guiaremos.
*Realizar el pago.
*¡Listo! en menos de 48
hs enviaremos tu nueva firma electrónica a tu correo.
Bibliografía
Guerra, J. C. (08 de octubre de 2018). Obtenido de
www.blogger.com
Vera, L. (29 de 03 de
2019). Obtenido de Blogger: www.blogger.com
Comentarios
Publicar un comentario